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Preguntas Frecuentes - Tribunal de Demandas Pequeñas

¿Qué constituye un caso de demanda pequeña?

Un caso de demanda pequeña es una acción legal presentada formalmente ante el tribunal del condado para resolver disputas legales menores que existan entre diversas partes, donde la cantidad involucrada en dólares es menor o igual a $5000 excluyendo los costos, intereses y honorarios de abogado.

¿Necesito un abogado?

No, no es necesario tener un abogado. El Tribunal de Demandas Pequeñas es considerado “el tribunal del pueblo” y no se requiere un abogado. El personal de la Secretaría del Tribunal le proporcionará los formularios necesarios para presentar formalmente un caso de demanda pequeña.

¿Dónde puedo presentar formalmente un caso de demanda pequeña?

Ud. puede presentar formalmente un caso de demanda pequeña en la División Civil de la Secretaría del Tribunal, ubicada en las siguientes oficinas:

  • 425 N. Orange Avenue, Oficina 350, Orlando;
  • 450 N. Lakemont Avenue, Winter Park;
  • 1111 N. Rocksprings Road, Apopka; y
  • 475 W. Story Road, Ocoee.

¿Quién puede presentar formalmente un caso de demanda pequeña?

Las personas mayores de dieciocho (18) años o cualquier individuo que realice negocios como compañía puede presentar formalmente un caso de demanda pequeña. Los padres o guardianes pueden presentar formalmente la demanda por parte de un niño menor de edad. Cada persona que forme parte de la demanda debe firmar los documentos necesarios.

¿Cuánto cuesta presentar formalmente un caso de demanda pequeña?

Los costos de presentación formal de una demanda pequeña son establecidos por la Ley de la Florida y por ordenanzas del Condado de Orange. Están sujetas a cambio mediante acciones legislativas. Los costos también varían dependiendo de la cantidad demanda en dólares y el tipo de acción.

Existen costos adicionales requeridos para el servicio de entrega directa de la demanda a la parte que Ud. esta demandando; estos costos dependerán del tipo de servicio que Ud. seleccione.

Consulte los Costos de presentación formal para ver una lista actualizada.

¿Qué información necesito para presentar formalmente un caso de demanda pequeña?

Es importante que Ud. presente su reclamo contra la parte correcta. El tiempo adicional que Ud. dedica a investigar del nombre correcto de la persona o negocio que Ud. esta demandando podría determinar si Ud. podrá cobrar o no, en caso que el tribunal dicte un veredicto a su favor.

Ud. debe darle a cada persona que esta demandando, así como al tribunal, copia de cualquier contrato, apuntes, contratos de arrendamiento, recibos, o cualquier otra evidencia que Ud. tenga como apoyo de su demanda. Ud. debe traer los originales cuando se presente ante el tribunal por primera vez. Será necesario que presente una explicación completa de sus razones para presentar la demanda. Ud. quizás desee escribir esta explicación en su casa y traerla a la Secretaría del Tribunal para iniciar su caso de demanda pequeña.

¿Hay otros requisitos?

Cuando Ud. demanda a alguna persona que no sea un individuo, hace falta información adicional para completar los formularios necesarios. Algunas preguntas pueden incluir:

  • ¿Ud. esta demandando a un individuo que realiza negocios como un compañía?;
  • ¿Esta demandando a una corporación y, en tal caso, se ha registrado formalmente como tal?; y
  • ¿Esta Ud. demandando a una empresa aseguradora?

IEs importante que Ud. investigue esta información cuidadosamente.

¿ Qué sucede después de presentar formalmente mi caso de demanda pequeña?

Después que Ud. presente formalmente su caso de demanda pequeña, a cada persona o negocio que Ud. esta demandando se le debe presentar directamente una Citación/Notificación para que se presente al tribunal en la fecha y hora programada cuando Ud. presento formalmente su demanda. Esta fecha de tribunal será una mediación/conferencia previa al juicio, y Ud. debe estar preparado para presentar su caso ante el tribunal.

En caso que la disputa no sea finalizada en la mediación/conferencia previa al juicio, el tribunal programará una fecha para el juicio donde se escuchará su caso. Ud. debe presentarse al juicio con todos los testigos y la documentación de su demanda.

En el juicio, Ud. tendrá la oportunidad de explicar su caso ante el Juez, pedirle a la(s) persona(s) que Ud. esta demandado que responda(n) sus preguntas relacionadas con la demanda, podrá presentar su documentación tal y como se discutió en la mediación/conferencia previa al juicio, y podrá llamar a sus testigos para ayudarlo a explicar el caso.

¿Puedo tener un juicio con jurado para mi caso de demanda pequeña?

Sí. Un juicio con jurado puede ser solicitado por la persona que presente formalmente el caso de demanda pequeña (el(los) demandante(s)) mediante solicitud por escrito al momento de presentar formalmente el caso. La persona que esta siendo demandada (el(los) defensor(es)) puede solicitar un juicio mediante jurado dentro de los cinco días subsiguientes a la fecha en que se le presentó directamente la Notificación para Comparecer, o durante la mediación/conferencia previa al juicio.

¿Qué sucede con mi caso luego que se llegue a un arreglo?

Si durante el transcurso del proceso judicial, se llega a un arreglo entre las partes, el demandante (la persona que presentó formalmente la demanda) debe notificarle por escrito a la Secretaría del Tribunal lo relativo a dicho acuerdo.

¿Cómo puedo cobrar lo estipulado en mi veredicto?

La corte no cobra por cuenta suya el dinero relacionado con los daños. Quizás Ud. desee consultar a un abogado para que le oriente sobre como cobrar lo estipulado en el veredicto. Ud. puede obtener una hoja informativa sobre el cobro de lo estipulado en los veredictos en la División Civil de la Secretaría del Tribunal ubicada en las siguientes oficinas:

  • 425 N. Orange Avenue, Oficina 350, Orlando;
  • 450 N. Lakemont Avenue, Winter Park;
  • 1111 N. Rocksprings Road, Apopka; y
  • 475 W. Story Road, Ocoee.

¿Puedo presentar formalmente un embargo contra la propiedad de la parte defensora?

Si se dicta un veredicto a su favor, Ud. puede optar por colocarle un embargo judicial contra cualquier propiedad real que le pertenezca individualmente al defensor. Ud. debe obtener una copia certificada de su veredicto por parte de la División Civil de la Secretaría del Tribunal. Luego, Ud. podrá llevarle la copia certificada del veredicto al departamento de Registros Oficiales del Auditor del Condado de Orange para que lo registren en los registros oficiales. Ud. también puede registrar el veredicto en otros condados.