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Sucesiones y Testamentos

Sucesiones se refiere al resultado combinado de todos los actos procesales para verificar la validez de un testamento. Es un proceso legal mediante el cual los activos de una persona fallecida son recolectados e inventariados, distribuidos para pagar reclamaciones de acreedores contra la sucesión y si hay activos restantes, distribuidos a los herederos o beneficiarios. La Corte determina la validez del testamento y controla el proceso para asegurarse que la sucesión está debidamente administrada.

¿Qué es un testamento? ¿Cuándo y dónde debería ser introducido?

Un testamento es un documento ejecutado por una persona y que expresa sus deseos en lo concerniente a cómo se deberá disponer de su propiedad después de su muerte. Un testamento generalmente nombra a un representante personal para administrar la sucesión. El custodio del testamento debe depositarlo en la oficina de la Secretaría de la Corte de Circuito dentro de un lapso de diez (10) días de recibir la información de que la persona ha fallecido. El custodio debe depositar el testamento con la Secretaría de las Cortes de Circuito en el condado en el cual residía la persona fallecida. El custodio debe suministrar la fecha del fallecimiento de la persona o el número de seguro social de la persona a la Secretaría al depositar el testamento, si esta información está disponible.

La dirección de la División Sucesoral de la Oficina de Secretaria de la Corte de Circuito del Condado de Orange es: Probate Division of the Orange County Clerk of the Circuit Court is 425 North Orange Avenue, Room 340, Orlando, Florida 32801.

¿Necesita un abogado para depositar el testamento en la Secretaría?

No. Un abogado no es necesario para depositar un testamento con la Secretaría de la Corte de Circuito. Sin embargo, es conveniente que consulte con un abogado antes de introducir el documento de manera que él o ella determinen si un procedimiento sucesoral es necesario.

¿Que sucede si una persona muere y no ha dejado testamento?

Si una persona abintestato (sin dejar un testamento), los bienes de la persona se distribuirán conforme a la ley de Florida.

¿Cómo se inician los procedimientos sucesorales?

Los procedimentos sucesorales se inicial introduciendo una petición buscando administrar una sucesión o admitir un testamento al un procedimiento sucesoral. Un derecho de introduccion es necesario y fluctuará según el tipo de administración necesaria para la sucesión.

¿Hay diferentes tipos de procedimientos que puedan introducirse según la cuantía de los bienes sucesorales?

Si. Hay tres tipos básicos de procedimientos para administrar los bienes de un difunto:

  • Administración formal. Este tipo de procedimiento se usa cuando hay una cuantía considerable de activos y es necesario nombrar un representante personal para actuar por cuenta de la sucesión. Se emitirán cartas de administración al representante personal de manera que él o ella puedan administrar la sucesión.
  • Administración Sumaria. La administración sumaria puede introducirse cuando el valor de toda la sucesión no excede de USD 75.000 o cuando el difunto tiene más de dos años de muerto.
  • Disposición de propiedad personal sin administración. Este tipo de procedimento se introduce para solicitar la liberación de los activos del difunto a la persona que pagó los gastos finales tales como las cuentas médicas y de funeraria que se acumularon en los últimos 60 días. En este tipo de procedimiento, los activos del difunto usualmente no son más de USD 6.000. El formulario necesario para introducir la disposición se puede obtener de la Clerk's Probate Division, ubicada en 425 North Orange Avenue, Room 340, Orlando, Florida 32801.

¿Qué tipo de documentación debe acompañar el formulario para introducir una disposición de propiedad personal sin administración?

Lo siguiente debe entregarse junto con la petición para la disposición de propiedad sin administración:

  • Una cuenta detallada de la funeraria.
  • Recibos pagados por cualquier gasto médico incurrido dentro de un lapso de 60 días antes de la muerte.
  • Partida de defunción.
  • Documentos que verifican el activo que debe liberarse.
  • Si el difunto tiene un testamento, debe introducirse con la Secretaría de la Corte de Circuito dentro de un lapso de 10 días de la notificación de la muerte.

¿Que sucede después de que la petición de disposición de propiedad personal sin administración es introducida en la Secretaría?

Si la corte queda satisfecha de que la persona tiene derecho a los activos del difunto, acordará una autorización que permita la liberación o transferencia de los activos. La autorización original se le envía por correo al solicitante.

¿Hay algún requisito que el(la) representante personal deba ser representado(a) por un(a) abogado(a)?

Conforme a la Regla 5.030 de las Reglas de Sucesiones de Florida, un representante personal debe ser representado por un abogado admitido para practicar en Florida, a menos que el representante personal es la única persona interesada que queda. Una “persona interesada” es cualquiera de quien se pueda razonablemente esperar que sea afectada por el desenlace del procedimiento. Un representante personal que sea un abogado admitido para practicar en Florida puede representarse a sí mismo(a).

¿Puede alguien que no sea un residente de Florida servir como un representante personal?

Una persona que no sea un residente de Florida no puede servir como un representante personal a menos que él o ella califiquen bajo una de las siguientes excepciones:

  • La persona es un hijo legalmente adoptado o padre adoptivo del difunto.
  • La persona está emparentada por consanguinidad lineal con el difunto.
  • La persona es un(a) cónyuge, hermano, hermana, tío, tía, sobrino, o sobrina del difunto, o la persona está emparentada por consanguinidad lineal con una de estas personas.
  • La persona es un(a) cónyuge de cualquier persona listada en los números 1 al 3 arriba indicados.